· UNIDAD 3
Seguros personas, seguro incendio, seguro transporte, seguro de personas, seguro de vida, seguro servicios funerarios,seguro de acción personal,seguros de hospitalización cirugía y maternidad,seguros de incendio, seguros de transporte.
Seguro de personas
Es el seguro que cubre las riesgos que afectan a las personas.
El contrato de seguro sobre las
personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia,
integridad corporal o salud de un asegurado.
Seguro de accidentes
Seguro de
accidentes, cuando el riesgo que se quiere prevenir es la posibilidad de sufrir
un menoscabo físico personal como consecuencia de un accidente.
Este seguro cubre
la lesión corporal por causa de accidentes. A estos efectos la Ley de España
define al accidente como aquella lesión corporal que deriva de una causa
violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca
invalidez temporal o permanente o muerte.
Las pólizas
configuran cuidadosamente el riesgo cubierto mediante un sistema de
delimitaciones, principalmente causales.
Como el contrato
de seguro de vida, se pueden designar beneficiarios por el contratante asegurado
que percibirán la indemnización: capital asegurado, en el caso de muerte. De no
existir beneficiarios, pasará el derecho a los herederos del muerto. En el
supuesto de invalidez permanente, el valor del daño indemnizable se determina
con arreglo a una escala de porcentajes adecuada a las distintas
manifestaciones o clases de incapacidad. En la incapacidad temporal se abona al
asegurado una cantidad o dieta asegurada por el tiempo que dure la incapacidad.
La provocación voluntaria del siniestro por parte del asegurado libera al
asegurador del cumplimiento de su obligación. La póliza puede extenderse a la
cobertura de los gastos sanitarios, siempre que se realice de acuerdo con las
condiciones pactadas. Esta modalidad del seguro de personas es la única del
ramo en el que el Consorcio de Compensación de Seguros
entra en relación con los riesgos extraordinarios.
Se puede asegurar
también el riesgo de sufrir una invalidez, estableciendo el pago de una
cantidad para el caso de la invalidez permanente absoluta o total y cantidades
a determinar según un baremo o escala si la invalidez es parcial.
Seguro de viajes
El seguro de viaje
brinda coberturas integrales, médicas, legales y de equipaje a todo viajero que
desee viajar al exterior. En este tipo de seguro, las aseguradoras brindan a
través de sus centrales operativas atención al momento del evento, ofreciendo
al viajero una protección real al momento de un accidente, enfermedad etc.
El Seguro de viaje
puede ser por un período corto, de largo plazo o bien anual multiviajes para
los viajeros frecuentes. Lo mismos poseen coberturas con límites de montos
sobre los cuales el viajero utiliza la prestación.
Seguro de Enfermedad y Asistencia Sanitaria
Seguro de enfermedad
Con el de
enfermedad se prevé el cobro de la cantidad estipulada en el caso de que llegue
a padecerse una enfermedad más los gastos de asistencia médica y farmacéutica.
Este seguro
protege al asegurado contra las consecuencias de un estado anormal del cuerpo o
del espíritu, según dictamen médico. La prestación del asegurador consiste en
una cantidad monetaria por cada día de enfermedad, con un plazo de carencia y
un límite máximo de indemnización. En algunos casos se limita al resarcimiento
de los gastos de hospitalización o asistencia quirúrgica.
Seguro de asistencia sanitaria
Es un seguro de
prestación de servicios a través del cual el asegurador asume la prestación de
servicios médicos, sin que el asegurado tenga, en principio, derecho a una suma
dineraria.
Seguro contra incendio:
Con este seguro se cubre los bienes muebles e inmuebles contra el riesgo de los incendios.
La compañía aseguradora indemniza al asegurado por el daño que hubieran sufrido
los bienes objeto del seguro, a causa de un incendio, por su puesto siempre que
este no haya sido intencional
Seguro de transporte:
Puede ser
marítimo pluvial, terrestre y aéreo, y cubre los riesgos que pesan sobre los medios
de transportes, los efectos transportados y los pasajeros. La compañía
indemniza al propietario de los medios de transporte los daños que estos puedan
sufrir en el cumplimiento de su misión
por diversos accidentes, conforme al capital
asegurado. También cubre este seguro los daño o lesiones que puedan sufrir los
pasajeros como consecuencia de accidentes de transportes.
El seguro de
vida: busca
garantizar la protección de las personas que el asegurado tiene a su cargo. En
caso del fallecimiento de éste,
sus beneficiarios o herederos acceden a una indemnización. Esta indemnización se denomina capital asegurado y puede ser pagada en una única vez o a modo de
renta financiera. Por lo general, los beneficiarios son los familiares del
asegurado, aunque también pueden ser sus socios o acreedores.
Los seguros de vida pueden clasificarse de acuerdo a
su duración (temporarios o de
vida entera), su tipo de prima
(a prima nivelada, donde el pago es constante, y a prima de riesgo, donde
aumenta de acuerdo a la edad del asegurado) o la cantidad de asegurados que cubre la póliza (seguros individuales,
colectivos o de varias cabezas).
- Hospitalización, Cirugía y Maternidad:
Son todos aquellos gastos en que incurre el
asegurado titular y demás beneficiarios por concepto de hospitalización y
cirugía, siempre y cuando se originen como consecuencia directa de una
enfermedad contraida, accidente ocurrido ó intervención quirúrgica, que haya
tenido inicio durante la vigencia de la póliza.
- Gastos Ambulatorios:
Forma parte de la cobertura de hospitalización
y cirugía no es una suma asegurada independiente, su cobertura es agotable por
enfermedad, persona y año póliza.
- Maternidad y Obstetricia:
Son los gastos originados por parto, cesárea,
aborto natural o provocado con fines terapéuticos en que incurre la asegurada.
UNIDAD IV
Seguros
de sustracción ilegitima, seguros de fianza, seguros de ramos técnicos de
ingeneria:
Sustracción ilegitima:
Aquel mediante el cual
la empresa de seguros se obliga, de dentro de los límites establecidos en la
ley y en el contrato, a indemnizar los daños causados por un tercero por el
robo de la cosa asegurada en cualquiera de sus modalidades. La cobertura
también podrá comprender el daño causado por comisión del delito de hurto.
Seguros de ramos técnicos de ingeneria:
Está diseñado para cubrir
toda clase de obras de construcción, cubriendo tanto los daños sufridos
por la obra como los reclamos de terceros por daños a sus propiedades o
lesiones corporales, así como también las materias primas almacenadas en el
lugar de la construcción y los materiales auxiliares. También se pueden amparar
los equipos de contratistas empleados, tales como las edificaciones
provisionales y la maquinaria empleada en la construcción.
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